CAUSA Nº 44/2019

ASUNTO: SANCIÓN A ESPECTADORES DE TALLERES DE PARANÁ RETIRADOS DEL GIMNASIO

CHAJARI; 23 de Septiembre de 2.019.- … VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1º).-SANCIONAR al Sr. MARIO DARIO RAMIREZ, con la PENA de SUSPENSION de VEINTE (20) DIAS para presenciar encuentros que se realicen dentro del ámbito de la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los HECHOS ocurridos en ocasión del partido disputado entre Talleres de Paraná y Parque Sur de Concepción del Uruguay el día 14/09/2019 conforme lo dispuesto en los arts. 82 inc. a); 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CABB.-
2º).- SANCIONAR a la Sra. ROSANA CARINA MARTINEZ, con la PENA de SUSPENSION de VEINTE (20) DIAS para presenciar encuentros que se realicen dentro del ámbito de la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los HECHOS ocurridos en ocasión del partido disputado entre Talleres de Paraná y Parque Sur de Concepción del Uruguay el día 14/09/2019 conforme lo dispuesto en los arts. 82 inc. a); 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CABB.-
3º).- SANCIONAR al Sr. MIGUEL ROBERTO NUÑEZ, con la PENA de SUSPENSION de VEINTE (20) DIAS para presenciar encuentros que se realicen dentro del ámbito de la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los HECHOS ocurridos en ocasión del partido disputado entre Talleres de Paraná y Parque Sur de Concepción del Uruguay el día 14/09/2019 conforme lo dispuesto en los arts. 82 inc. a); 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CABB.-
4º).- Notifíquese al Club TALLERES de Paraná y por éste, a los Sres. MARIO DARIO RAMIREZ; ROSANA CARINA MARTINEZ y MIGUEL ROBERTO NUÑEZ.-
5º).- Hacer saber al club TALLERES de Paraná que deberá tomar todos los recaudos necesarios para que la presente PENA de SUSPENSION se haga efectiva, notificándose a tales efectos.-
6º).- NOTIFIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA Y LIBRANSE LAS COMUNICACIONES DE ESTILO.- Fdo. Juez de Penas FBER.-