ASUNTO: REGATAS URUGUAY (SIMPATIZANTE INFORMADO)
CHAJARI; 13 de Agosto de 2.019.-
VISTOS: … CONSIDERANDO: RESUELVO:
1º).- SANCIONAR al Sr. JORGE LABATTE, con la PENA de SUSPENSION de UN (1) MES para presenciar encuentros que se realicen dentro del ámbito de la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los HECHOS ocurridos en ocasión del partido disputado entre Central Entrerriano de Gualeguaychú y Regata Uruguay de Concepción del Uruguay el día 04/08/2019 conforme lo dispuesto en los arts. 82 inc. a); 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CABB.-
2º).- Se exime de aplicar multa al club Regatas Uruguay de Concepción del Uruguay.-
3º).- Notifíquese al Club REGATAS URUGUAY de Concepción del Uruguay y por éste, al Sr. JORGE LABATTE.-
4º).- Hacer saber al club REGATAS URUGUAY de Concepción del Uruguay que deberá tomar todos los recaudos necesarios para que la presente PENA de SUSPENSION se haga efectiva, notificándose a tales efectos.-
5º).- NOTIFIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA Y LIBRANSE LAS COMUNICACIONES DE ESTILO.- Fdo. Juez de Penas FBER.-