ASUNTO: Jugador descalificado del juego.-
CHAJARI; 02 de Julio de 2.019.-
VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO:
1º).- SANCIONAR al jugador del Club Bancario de Gualeguay IZAGUIRRE, B., Lic. Nº 3949 en planilla de juego Nº 15 con la PENA de SUSPENSION de UN (1) PARTIDO para participar en encuentros organizados por la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los hechos denunciados ut supra y ocurridos en ocasión del encuentro que disputaran el día 17/06/2019; conforme lo dispuesto en los arts. 105 inc. e) y 40 inc. b) del Código de Penas de la CABB.-
2º).- NOTIFIQUESE al club BANCARIO de Gualeguay; y, por éste, a su jugador IZAGUIRRE B..-
3º).- NOTIFIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA Y LIBRANSE LAS COMUNICACIONES DE ESTILO.- Fdo. Juez de Penas FBER