INCULPADOS: jugadores y simpatizantes de la Asociación Regional Pancho Ramírez de Concepción del Uruguay.-
HECHOS: Agresión a árbitro.-
CHAJARI; 05 de Junio de 2.019.- … VISTOS: … CONSIDERANDO: … Por tanto:
RESUELVO:
1º).- IMPONER a ASOCIACION REGIONAL PANCHO RAMIREZ de Concepción del Uruguay la PENA de MULTA de CUATRO (4) AJC por los HECHOS denunciados ocurridos en ocasión de disputa del Torneo Entrerriano de Selecciones del partido disputado entre esta Institución y la Asociación Paranaense de Básquetbol el día 26/05/2019 en el gimnasio de club Social y Deportivo San José de San José conforme lo dispuesto en el art. 60 inc. b) 2); 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CONFEDERACION ARGENTINA DE BASQUETBOL.-
2º).- SANCIONAR al jugador TOMAS IRIARTE, con la PENA de SUSPENSION TRES (3) AÑOS, para participar en todo encuentro ó torneo organizado y fiscalizado por la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los hechos ocurridos en ocasión del partido disputado entre la Asociación Regional Pancho Pancho Ramírez de Concepción del Uruguay y la Asociación Paranaense de Básquetbol el día 26/05/2019 en el gimnasio de club Social y Deportivo San José de San José y en disputa por el torneo de Selecciones Departamentales y/ o Torneo Entrerriano de Selecciones categoría U19 Año 2019 conforme lo dispuesto en el art. 110 inc. d) y 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CONFEDERACION ARGENTINA DE BASQUETBOL.-
3º).- SANCIONAR al jugador MATIAS CELESIA, con la PENA de SUSPENSION TRES (3) AÑOS, para participar en todo encuentro ó torneo organizado y fiscalizado por la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los hechos ocurridos en ocasión del partido disputado entre la Asociación Regional Pancho Pancho Ramírez de Concepción del Uruguay y la Asociación Paranaense de Básquetbol el día 26/05/2019 en el gimnasio de club Social y Deportivo San José de San José y en disputa por el torneo de Selecciones Departamentales y/ o Torneo Entrerriano de Selecciones categoría U19 Año 2019 conforme lo dispuesto en el art. 110 inc. d) y 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CONFEDERACION ARGENTINA DE BASQUETBOL.-
4º).- SANCIONAR al Sr. MIGUEL IRIARTE, con la PENA de SUSPENSION TRES (3) AÑOS, para presenciar encuentros ó torneo organizado y fiscalizado por la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los hechos ocurridos en ocasión del partido disputado entre la Asociación Regional Pancho Pancho Ramírez de Concepción del Uruguay y la Asociación Paranaense de Básquetbol el día 26/05/2019 en el gimnasio de club Social y Deportivo San José de San José y en disputa por el torneo de Selecciones Departamentales y/ o Torneo Entrerriano de Selecciones categoría U19 Año 2019 conforme lo dispuesto en el art. 83 y 84; y, 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CONFEDERACION ARGENTINA DE BASQUETBOL.-
5º).- SANCIONAR al Sr. MARTIN CELESIA, con la PENA de SUSPENSION TRES (3) AÑOS, para presenciar encuentros ó torneo organizado y fiscalizado por la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los hechos ocurridos en ocasión del partido disputado entre la Asociación Regional Pancho Pancho Ramírez de Concepción del Uruguay y la Asociación Paranaense de Básquetbol el día 26/05/2019 en el gimnasio de club Social y Deportivo San José de San José y en disputa por el torneo de Selecciones Departamentales y/ o Torneo Entrerriano de Selecciones categoría U19 Año 2019 conforme lo dispuesto en el art. 83 y 84; y, 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CONFEDERACION ARGENTINA DE BASQUETBOL.-
6º).- SANCIONAR al Sr. ANDRES PORTILLO, con la PENA de SUSPENSION TRES (3) AÑOS, para presenciar encuentros ó torneo organizado y fiscalizado por la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los hechos ocurridos en ocasión del partido disputado entre la Asociación Regional Pancho Pancho Ramírez de Concepción del Uruguay y la Asociación Paranaense de Básquetbol el día 26/05/2019 en el gimnasio de club Social y Deportivo San José de San José y en disputa por el torneo de Selecciones Departamentales y/ o Torneo Entrerriano de Selecciones categoría U19 Año 2019 conforme lo dispuesto en el art. 83 y 84; y, 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CONFEDERACION ARGENTINA DE BASQUETBOL.-
7º).- SANCIONAR al Sr. OSVALDO BUSTOS, con la PENA de SUSPENSION TRES (3) AÑOS, para presenciar encuentros ó torneo organizado y fiscalizado por la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los hechos ocurridos en ocasión del partido disputado entre la Asociación Regional Pancho Pancho Ramírez de Concepción del Uruguay y la Asociación Paranaense de Básquetbol el día 26/05/2019 en el gimnasio de club Social y Deportivo San José de San José y en disputa por el torneo de Selecciones Departamentales y/ o Torneo Entrerriano de Selecciones categoría U19 Año 2019 conforme lo dispuesto en el art. 83 y 84; y, 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CONFEDERACION ARGENTINA DE BASQUETBOL.-
8º).- SANCIONAR al Sr. CARLOS FERREIRA, con la PENA de SUSPENSION TRES (3) AÑOS, para presenciar encuentros ó torneo organizado y fiscalizado por la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los hechos ocurridos en ocasión del partido disputado entre la Asociación Regional Pancho Pancho Ramírez de Concepción del Uruguay y la Asociación Paranaense de Básquetbol el día 26/05/2019 en el gimnasio de club Social y Deportivo San José de San José y en disputa por el torneo de Selecciones Departamentales y/ o Torneo Entrerriano de Selecciones categoría U19 Año 2019 conforme lo dispuesto en el art. 83 y 84; y, 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CONFEDERACION ARGENTINA DE BASQUETBOL.-
9º).- NOTIFIQUESE a la ASOCIACION REGIONAL PANCHO RAMIREZ de Concepción del Uruguay; y, por esta a los jugadores TOMAS IRIARTE y MATIAS CELESIA; a los Sres. MIGUEL IRIARTE; MARTIN CELESIA; ANDRES PORTILLO; OSVALDO BUSTOS y CARLOS FERREIRA; notificación que correrá por orden y cuenta y bajo responsabilidad de la ASOCIACION REGIONAL PANCHO RAMIREZ de Concepción del Uruguay quien deberá velar por su fiel cumplimiento del presente fallo.-
10º).- NOTIFIQUESE a la COMISION TECNICA de la Federación de Básquetbol de Entre Ríos para su conocimiento.-
11º).- NOTIFIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA Y LIBRANSE LAS COMUNICACIONES DE ESTILO.- Fdo. Juez de Penas FBER