ASUNTO: SANCIÓN A ESPECTADOR DE PARQUE DE VILLAGUAY RETIRADO DEL GIMNASIO
CHAJARI; 23 de Septiembre de 2.019.- … VISTOS: … CONSIDERANDO:
RESUELVO:
1º).- SANCIONAR al Sr. GUSTAVO DIONICIUS, con la PENA de SUSPENSION de VEINTE (0) DIAS para presenciar encuentros que se realicen dentro del ámbito de la Federación de Básquetbol de Entre Ríos por los HECHOS ocurridos en ocasión del partido disputado entre Parque de Villaguay y Ciclista de Paraná y Regatas Uruguay el día 15/09/2019 conforme lo dispuesto en los arts. 82 inc. a); 37 y 40 inc. b) del Código de Penas de la CABB.-
2º).- Notifíquese al Club Parque de Villaguay y por éste, al Sr. Gustavo Dionicius.-
3º).- Hacer saber al club Parque de Villaguay que deberá tomar todos los recaudos necesarios para que la presente PENA de SUSPENSION se haga efectiva, notificándose a tales efectos.-
4º).- NOTIFIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA Y LIBRANSE LAS COMUNICACIONES DE ESTILO.- Fdo. Juez de Penas FBER