Reforma del Código de Penas de CAB

La Confederación Argentina de Básquet ha llevado a cabo una reforma en su Código de Penas a partir del vigente año luego de más de 20 años. La medida tiene como aspectos fundamentales la modernización de redacción conforme estándares internacionales de normas legales y de FIBA, la adaptación a la realidad del siglo XXI, la reducción de articulado para mayor comprensión y mejor especificidad (se redujeron más de 140 artículos), la potestad disciplinaria de la CAB, la creación de Registro de Tribunales Disciplinarios Federativos y la introducción de figuras punitivas de índole educativo en divisiones formativas.

La responsabilidad de aplicar el Código recae en el Honorable Tribunal de Disciplina y el Tribunal de Alzada, según lo establecido por el Estatuto de la CAB.

La reforma además comprende mayores penas a los diferentes actores del deporte: Padres, Dirigentes, Técnico/as, auxiliares, árbitro/as, jugadores/as y público en general; Prevención y combate de la corrupción; Penas por Soborno, recompensa ilegítima e incentivación; Prevención y combate de la discriminación, bullying, xenofobia, acoso y antisemitismo, obligatoriedad de denuncia de conductas que constituyan delitos ante las fiscalías correspondientes; creación de protocolo de reparación de daños y perjuicios.

El presente Código de Penas fue aprobado por el Consejo Directivo de la Confederación Argentina de Básquetbol en su reunión del día 26 de Febrero de 2025 y será de aplicación en todo el país y en todas las competencias a partir del día 14 de Marzo de 2025.